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Los solicitantes de ayudas de la PAC podrán presentar alegaciones o solicitudes de modificación del Sixpac, de acuerdo con el procedimiento establecido en las órdenes de la consellería del Medio rural de cada campaña.

El objetivo principal de las alegaciones es corregir posibles errores o modificaciones en la asignaciónde usos, CAP y/o incidencias en los recintos, así como la modificación de Elementos del paisaje que estén relacionados con las parcelas declaradas en la Solicitud única por los agricultores.

La actualización en el SIXPAC de las modificaciones habidas en el parcelario del catastro se producirá de oficio por la Administración con las renovaciones periódicas del SIXPAC, que supondrán la integración masiva de cambios y que pueden estar motivadas tanto por las alteraciones en la malla parcelaria del catastro como por la realización de nuevas ortoimágenes aéreas, que permitirán verificar la correcta puesta al día de los usos de los recintos.

Nota SIXPAC 2020

Ficha SIXPAC 2020

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