Beneficiarios y requisitos
Podrá solicitar esta ayuda el titular de una explotación
agraria que:
a) Sea poseedor de un rebaño de hembras de ganado bovino (vacas y
novillas), de razas cárnicas. La diferencia entre vaca y novilla está
en el hecho de haber parido o no. Según esto novilla se define
como el bovino hembra a partir de 8 meses que no ha parido. Hasta que el bovino
hembra tenga descendencia será considerado como novilla.
b) Es condición indispensable para el solicitante de la ayuda disponer
de derechos individuales de prima. Estos derechos limitarán el cobro de la
prima, como máximo, al número de derechos que tenga asignado
el productor.
No es necesario indicar el número de animales por los que se solicita. La prima se concederá por los animales elegibles que cumplan el período de retención hasta los derechos asignados al productor. Para equilibrar derechos y animales se pueden realizar transferencias y cesiones que tramitan las Oficinas Agrarias Comarcais
Un productor que el día de la presentación de la solicitud no tenga
derechos asignados puede resultar beneficiario de esta ayuda, ya que puede estar
en trámite una transferencia de derechos o tener un recurso pendiente de
resolución.
c) El productor tiene que declarar si tiene cuota de leche asignada. Si tiene cuota asignada
(venta directa o entrega a compradores), no puede ser superior a 120.000 kg
en la fecha 31 de marzo. Debe declarar también el censo real de vacas
frisonas mayores de 2 años que tiene en la explotación el día de la solicitud.
El productor se compromete a no incrementar su cuota láctea
por encima de los 120.000 kg en los doce meses siguientes a la presentación
de la solicitud.
d) Debe mantener un número mínimo de vacas más novillas igual
o superior a aquel por el que solicita la prima durante seis meses contados a partir
del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud.
e) Un mínimo del 60% de los animales por los que se solicita prima deben ser
vacas nodrizas y el número de novillas no puede superar el 40%.
f) Presentar la correspondiente solicitud de ayuda: solicitar en los lugares
y plazos establecidos, presentando la documentación prevista en los modelos
de solicitud.
Objetivos
Mantener la renta de los productores de carne de vacuno concediendo una ayuda por cada vaca de cría o vaca nodriza y cumpliendo los requisitos productivos establecidos.
Importe de las ayudas
Las primas que perciben los productores resultan de la suma de dos conceptos:
a) Prima comunitaria. Es la prima base que se abonará a todos
los solicitantes con derecho a cobro de la prima por vaca nodriza.
b) Prima nacional complementaria. Es un complemento también
financiado por el FEAGA y sus beneficiarios podrán ser todos
los solicitantes del apartado anterior.
Los importes máximos unitarios son los siguientes:
Importe unitario máximo (por cabeza primable) |
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---|---|
Prima comunitaria | 186 euros |
Prima nacional | 22,46 euros |
El plazo para efectuar el pago de la prima va del 1 de diciembre del año de la solicitud hasta el 30 de junio del año siguiente. Sin embargo, se podrá realizar un anticipo, por un máximo del 60% del importe de la prima comunitaria, a partir del 16 de octubre del año de la solicitud.