Campaña actual

Para facilitar a los agricultores/as la tramitación de las ayudas en el año 2025, se incluyen en una sola Solicitud Unificada varias ayudas directas de la PAC basadas en la superficie agrícola de la explotación y en los censos de ganado (pagos directos) así como las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control unificando también el período de solicitud.

Las ayudas que se incluyen en la Solicitud Unificada de ayudas PAC 2025 son:

  1. Ayudas directas a la agricultura y a la ganadería:
    • Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (ABRS)
    • Ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad.
    • Ayuda complementaria a la renta para nuevos agricultores y agricultoras
    • Regímenes en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes):
      • Pastoreo extensivo.
      • Islas de biodiversidad o siega sostenible.
      • Rotación de cultivos con especies mejorantes.
      • Siembra directa.
      • Cubierta vegetal espontánea o sementada.
      • Cubierta inerte.
      • Establecimiento de islas de biodiversidad.
    • Ayudas asociadas:
      • Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne
      • Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento.
      • Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros.
      • Ayuda asociada para a producción sostenible de leche de vaca.
      • Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne.
      • Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra.
      • Ayuda asociada para ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos que pastorean rastrojos, barbechos y restos hortofrutícolas.
      • Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal.
      • Ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental.
  2. Las lineas de ayudas al desarrollo rural sujeitas al sistema integrado de gestión y control son:
    • Ayudas a zonas con limitaciones naturales de montaña.
    • Ayudas de agroambiente.
    • Ayudas forestales

       

Orde PAC Solicitud de devolución voluntaria de ayudas PAC Zonas de concentración parcelaria sin referencias SIXPACZonas de montaña y distintas de montaña Solicitud de declaración de otras ayudas 

En 2025, el conjunto de ayudas directas de la PAC se gestiona en el marco de la ORDEN del 25 de febrero de 2025 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura ya la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control (códigos de procedimiento MR250A, MR239G, MR239K, MR239O, MR239Q, MR240D, MR241C y MR241D). por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de Gestión y control.

La ORDEN del 25 de febrero de 2025 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura ya la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control, establece, en el título III, las ayudas de desarrollo rural en el ámbito del SIXC siguientes:

  1. Pagos a zonas con limitaciones naturales y otras limitaciones específicas, del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (medida 13) (cofinanciadas en un 75% por el FEADER).

  2. Ayudas relativas a las intervenciones agroambientales y climáticas del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (cofinanciadas en un 65% por el FEADER).

  3. Ayudas relativas a las intervenciones agroambientales y climáticas del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (cofinanciadas en un 80 % con el FEADER)

    1. Intervención 65012 “Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Compromisos de cultivos sostenibles”:

      • Subintervención 65012.07: Leñosos

      • Subintervención 65012.04: Economía circular

    2. Intervención 65013 “Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Compromisos de fomento y gestión sostenible de pastos”:

      • Subintervención 65013.04: Extensificacion de prados

      • Subintervención 65013.05: Extensificación de pastos arbustivos y arbolados

      • Subintervención 65013.06: Convivencia con el lobo

    3. Intervención 65014 “Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Apicultura para la biodiversidad”:

      • Subintervención 65014.01: Apicultura para la biodiversidad

    4. Intervención 6503 “Compromisos agroambientales en agricultura ecológica”:

      • Línea: Cultivos agrícolas ecológicos

        • Subintervención 6503.17: Conversión de cultivos agrícolas ecológicos.

        • Subintervención 6503.18: Mantenimiento de cultivos agrícolas ecológicos.

      • Línea: Viñedos para vinificación ecológica

        • Subintervención 6503.19: Conversión de viñedos para vinificación ecológica.

        • Subintervención 6503.20: Mantenimiento de viñedos para vinificación ecológica.

      • Línea: Ganadería ecológica

        • Subintervención 6503.21: Conversión de ganadería ecológica.

        • Subintervención 6503.22: Mantenimiento de ganadería ecológica.

      • Línea: Apicultura ecológica
        Subintervención 6503.23: Conversión de apicultura ecológica.
        Subintervención 6503.24: Mantenimiento de apicultura ecológica.

    5. Intervención 65051 “Compromisos de conservación de recursos genéticos SIGC”:

      • Subintervención 65051.01: Razas ganaderas autóctonas en riesgo de erosión genética.

      • Subintervención 65051.02: Conservación de variedades autóctonas vegetales en riesgo de erosión genética.

Más información en el Portal "Nova PAC" de la web del FOGGA.

El plazo de presentación de la solicitud única, para el año 2025, se iniciará el 6 de marzo y finalizará el día 30 de abril, ambos incluidos.

  • Una vez finalizado el plazo para la presentación de la solicitud única, las personas solicitantes podrán modificar la solicitud hasta el 31 de mayo, incluido.

  • El plazo de presentación de solicitudes de modificación del SIXPAC comenzará el 6 de marzo y finalizará el 31 de mayo, ambos incluidos.

  • El período de comunicación de las cesiones de derechos de pago básico se iniciará el 6 de marzo y finalizará el 31 de mayo, ambos incluidos.

Las personas que deseen obtener alguno de los pagos directos o de las ayudas de desarrollo rural deberán presentar una solicitud única.

La solicitud única se presentará en la Comunidad Autónoma de Galicia dirigida a la persona titular de la dirección del Fogga, cuando la explotación esté situada completamente en este territorio o si, estando situada en más de una comunidad autónoma, se encuentra en la Comunidad Autónoma de Galicia la mayor parte de la superficie agraria o el mayor número de animales, en caso de no disponer de superficie.

La presentación de la solicitud única se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

Los solicitantes podrán optar por: